Permiso que se otorga a personas físicas que desean capturar o extraer recursos pesqueros en la modalidad deportivo-recreativa, según lo dispuesto en las normas y en los planes de manejo pesqueros y acuícolas.
Fundamento Jurídico
Artículo 28 fracción I inciso d, 29 y 49 de la Ley de Pesca y Acuicultura del Estado de Sonora y convenio de colaboración suscrito con el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca en el Estado de Sonora.